Zúrich
+41 435 50 73 23Kiev
+38 094 712 03 54Londres
+44 203 868 34 37Tallin
+372 880 41 85Vilnius
+370 52 11 14 32Nueva York
+1 (888) 647 05 40España es uno de los países europeos con mayor nivel de desarrollo. La jurisdicción española ofrece un sistema fiscal bien estructurado, un marco legislativo transparente y comprensible y lealtad a los inversores extranjeros. Algunas formas de actividad empresarial en España gozan de privilegios fiscales, lo que atrae a los propietarios de capital extranjero.
El sistema fiscal actual en España es el siguiente:
Antes de empezar a trabajar, los propietarios de la Compañía seleccionan y contratan a un asesor. Este gestor está obligado a dirigir las actividades de la Compañía dentro del país. Además, los fundadores extranjeros deben obtener un número de NIE en una comisaría de policía antes de iniciar el proceso de registro. Esto da a los fundadores la posibilidad de comprar un local para fines comerciales y establecer directamente un negocio. Asimismo, una Compañía española requiere la presencia obligatoria de un administrador residente o que tenga la ciudadanía de este estado.
Sin un permiso de residencia, sólo se permite utilizar dos formas organizativas – S.L. y S.A. – de hecho, son muy similares a la LLC y JSC, respectivamente. Para crear este tipo de organización, los propietarios deben
seleccionar 3 nombres de Compañía, ordenarlos en orden descendente de importancia y enviarlos a la oficina de registro para su verificación;
abrir una cuenta bancaria local en la que hay que depositar el capital. El importe del capital varía, ya que depende de la forma de organización: 3012-60 101 euros;
preparar un paquete de documentos y certificarlo en una notaría. En este caso, deben estar presentes los propietarios y el gerente;
pagar la tasa municipal, el impuesto sobre el capital y enviar los documentos al organismo de registro.
Una vez completado el registro, la Compañía recibe su propio número fiscal de esta jurisdicción, adquiere un sello y libros de contabilidad.
Existe un procedimiento especial de apertura para las Compañías españolas que pertenecen al régimen de las ETVE. Este régimen se refiere a la posesión de valores de origen extranjero y afecta a las estructuras de holding. Las Compañías que desean funcionar como Compañías con banco central y evitar así el pago de la tasa fiscal general pueden entrar en las siguientes categorías
Compañías de responsabilidad limitada. Están obligadas a cumplir con los requisitos de las ETVE, pero también deben cumplir con las obligaciones habituales del ámbito fiscal y la normativa financiera y legal;
SOCIEDADES ANÓNIMAS. Se exige un capital mínimo de 60 mil euros. Al menos el 25% de esta cantidad se paga inmediatamente, además, el capital se divide en acciones. Esta estructura es completamente abierta.
Los Estados Unidos pueden comprobar que una Compañía de este tipo, que es una estructura ETVE, cumple con los procedimientos y las normas establecidas por el sistema fiscal federal.
Si necesita registrar una Compañía en España, nuestros especialistas le ayudarán a registrar una Compañía de forma rápida y eficaz. Además, puede comprar una Compañía ya creada en España. Escríbanos en el formulario CRM y le ayudaremos a registrar una Compañía.
Los especialistas de Eternity Law International le proporcionarán asesoramiento cualificado sobre la adquisición de una compañía offshore, la apertura de una cuenta bancaria en cualquier jurisdicción, así como el apoyo posterior de las actividades de su Compañía en cualquier etapa.
Ofrecemos compañías europeas y offshore ya creadas. Los documentos para los nuevos propietarios tardan 2 días en volver a emitirse.
Si tiene alguna pregunta o necesita asesoramiento sobre el registro o la compra de una Compañía, llámenos a los números de teléfono que aparecen en la página web, o escríbanos en el formulario CRM situado al final de la página. Nuestros especialistas le responderán en línea.
La empresa internacional Eternity Law International brinda servicios profesionales en el campo de la consultoría internacional, servicios de auditoría, servicios legales y fiscales.