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+1 (888) 647 05 40El Banco de España ha establecido un registro para contabilizar las empresas proveedoras de servicios para el intercambio de activos virtuales por fiat, y la creación de carteras electrónicas. Según la nueva ley, los proveedores de tales servicios deben estar registrados. La criptolicencia en España, que también debe ser obtenida por todas las empresas que deseen trabajar en este sector, da derecho a proporcionar los servicios mencionados anteriormente.
En 2021, se aprobó una ley relativa a los servicios de criptomoneda en España directamente, o cuando hay consumidores de servicios fuera de España. Un nuevo decreto ha modificado el marco normativo vigente que rige los mecanismos y las políticas de lucha contra el tráfico ilícito de dinero y la financiación del terrorismo.
El proyecto de ley es el primero en España en contener normas que regulen ciertos aspectos de la interacción con criptomonedas y el funcionamiento de la licencia VASP en España. Esto se implementa teniendo en cuenta la definición de moneda virtual, tal como se define en la Quinta Directiva de la UE, y también a través de la regulación de las empresas operadoras que participan en el intercambio de monedas virtuales por fiats. Además, las empresas que prestan servicios de monedero electrónico están sujetas a reglamentación.
La licencia de intercambio de criptomonedas en España cubre los servicios de cambio de monedas virtuales por fiat. Se consideran venta y compra de moneda virtual para el euro o cualquier otra moneda real, o dinero electrónico, que se cotizan como medio de pago en la jurisdicción donde se emiten. En cuanto a las billeteras electrónicas, los servicios con ellas implican su emisión, así como el almacenamiento y la protección de las claves criptográficas de los clientes.
Este decreto concedió a los operadores de criptomonedas el estatus de sujetos, obligatorio para ser regulado por la Ley AML. Esto significa que también están sujetos a la estricta supervisión de la agencia española SEPBLAC y deben estar registrados en el registro establecido por el Banco Nacional. Por lo tanto, las empresas y empresarios individuales que ofrecen estos servicios en España, independientemente de su lugar de registro, nacionalidad o forma de gobierno, deben estar registrados.
La creación de un registro de este tipo es el primer paso para establecer una regulación obligatoria de los proveedores de servicios nuevos y existentes en el mercado. Por lo tanto, para estas empresas ahora tienen los mismos requisitos con respecto a la política contra el tráfico ilícito de dinero, como para las organizaciones de crédito.
El Banco Nacional de España desarrolló las normas básicas de registro del cripto operador:
La revisión de la solicitud dura aproximadamente 3 meses. Sin embargo, este plazo es aproximado y se puede ampliar si el Banco tiene más preguntas o la necesidad de obtener más documentación. Si las empresas que ofrecen servicios de intercambio de criptomonedas en España no están registradas, se considera que están cometiendo un delito, por lo que se les cobra una multa de 10 millones de euros.
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